Catalunya y el Supremo

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14 de octubre de 2019: el Tribunal Supremo dicta sentencia sobe el mediático caso del “Procés”. Las penas varían de acuerdo con los delitos a los que han sido condenados. La sentencia más estricta va a Oriol Junqueras (exvicepresidente de la Generalitat) con 13 años de cárcel, seguido por Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa con 12 años. Esta sentencia del Tribunal Supremo ha traído consigo una reacción enorme por parte del pueblo catalán y español con opiniones diversas y conversaciones acaloradas en pasillos y paradas de metro. Para llegar a discutir las razones detrás de las protestas en las calles de España, es importante primero analizar los crimines por los que han sido acusados.

Las penas de 12 y 13 años para tres miembros del Govern y para el exvicepresidente de la Generalitat respectivamente están fundadas en delitos de sedición y malversación de fondos. En primera instancia, la fiscalía abogaba por un delito de rebelión, pero la corte decidió no considerar este delito pues no hubo levantamiento en armas. El delito de sedición, por el que sí fueron acusados, está regulado por el Artículo 544 del Código Penal Español y castiga con una pena de hasta 15 años a aquellos que “se alcen pública y tumultuariamente para impedir a cualquier autoridad el legítimo ejercicio de sus funciones”. Los acusados tenían como meta impedir que el Gobierno Español interviniera en el territorio catalán, declarándose independiente. La pena es agravada por su poder para motivar al pueblo dada su posición de autoridad. Con relación a la malversación de fondos, el Supremo consideró que destinar los fondos de la comunidad a la celebración del referéndum es considerado contrario a las finalidades permitidas. Por ende, los altos cargos reciben una sentencia de 12 y 13 años de acuerdo con la ley española.

El resto de lideres independentistas reciben sentencia basada solo en sedición (pues no se ha demostrado una conexión con las decisiones sobre las arcas de la Generalitat), y con penas de prisión de entre 11 años y seis meses hasta 9 años. Finalmente, Santi Vila, Meritxell Borras y Carles Mundo reciben sentencia por desobediencia. El delito de desobediencia está regulado en el Articulo 410 del Código Penal Español y castiga a las “autoridades y funcionarios públicos que negaren abiertamente dar el debido cumplimiento a … ordenes de la autoridad superior” con una pena de inhabilitación de seis meses a dos años y una multa de tres a doce meses. Los acusados (basados en sus cargos y circunstancias personales) fueron multados con 10 meses con una cuota diaria de 200 euros e inhabilitación para el ejercicio de cargos púbicos por 1 año y 8 meses. La pregunta que resulta obvia después de discutir las penas de estos lideres es donde se encuentra la sentencia dictada a Carles Puigdemont, pues dado que se encuentra exiliado en Bélgica, el juzgado español no ha tenido la posibilidad de evaluar su caso.

Una vez aclarado el tema legal, podemos adentrarnos en sus repercusiones y origen. El origen data de hace más de dos años, cuando el pueblo catalán (presuntamente guiado por estos lideres independentistas) llevaron su deseo de ser separados de España a las calles. Los altos cargos catalanes, en contra de las ordenes que llegaron desde el Gobierno central, decidieron celebrar un referéndum para probar la opinión del pueblo catalán. El referéndum fue declarado inconstitucional, el Parlament y la Generalitat desmantelados y el caso llevado a corte. Las repercusiones se ven en las calles, no solo en las de Cataluña, pero también en las del resto de España donde grandes olas de manifestantes se alzan en contra de la decisión. Las razones son tan amplias como personas protestando, quizás con la posibilidad de separar tres argumentos centrales. Primero, todos aquellos que continúan desde hace dos años pidiendo la independencia. Segundo, catalanes y españoles que han considerado esta decisión como una violación de la libertad de expresión y la determinación del pueblo español. Tercero, aquellos que se preguntan que tan justa es la justicia española, donde sentencian a 13 años de cárcel por realizar un referéndum para la independencia, mientras que la sentencia de “la manada” acarreó simplemente 2 años más, con un total de 15 por violación en grupo con intimidación. Los pormenores de cada opinión son prácticamente imposibles de mencionar, pero solo es necesario seguir caminando por las calles y esperar para ver cómo se desarrolla esta división del pueblo.

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